Resum
Objetivos: ONUSIDA monitoriza el estigma estructural en base a ciertos
indicadores genéricos. El objetivo de este estudio es analizar las
legislaciones que puedan generar discriminaciones y estigma hacia
las PVIH en España para responder a estos indicadores resaltando las
áreas de mejora en la recogida de estos datos.
Métodos: Se realizó un estudio de la legislación nacional que regula
la discriminación y los derechos de las personas LGTBIQ+, además de
las 19 legislaciones autonómicas complementarias. También se analizaron
13 leyes transversales como la sanitaria o la laboral, 6 estrategias,
informes, pactos o instrucciones estatales y 14 sentencias jurisprudenciales.
Resultados: No existe prohibición de ejercer la violencia contra las
personas por su condición de seropositivas de manera explícita en
ninguna ley española, pero sí se condena su discriminación expresamente
en al menos 4 de las 21 normas relacionadas. Aunque no exista
una legislación específica que penalice la transmisión, ocultación o
exposición al VIH, determinadas conductas sí pueden ser constitutivas
de delitos en casos concretos. Desde 2016 se han resuelto 8 procesos,
de los cuales 2 condenaron a la PVIH por la transmisión y ocultación
de su estado serológico y 1 por poner en riesgo de transmisión
a la víctima menor durante una agresión sexual, siendo este último
un caso excepcional. Determinadas personas extracomunitarias con
el VIH (estudiantes, personas en situación administrativa irregular,
individuos con visado de residencia no lucrativa y reagrupados) pueden
sufrir discriminación indirecta, pues se les excluye de la sanidad
pública, hecho que perjudica notablemente su acceso a la medicación.
Además los nacionales de países no pertenecientes a la Unión
Europea, para solicitar un visado por estancias superiores a 3 meses
en España, necesitan un certificado médico que acredite el no padecimiento
de una enfermedad que pueda repercutir gravemente la
salud pública, aunque la ley no hable directamente del VIH, en la
práctica multitud de PVIH se ven afectadas y son discriminadas por
este requisito viéndose obligadas a exponer su estado de salud o a
realizarse pruebas de VIH, pues dependen de la interpretación que
realice cada persona.
Conclusiones: A pesar de existir múltiples legislaciones que regulan
los derechos de las PVIH y defienden la no discriminación por estado
serológico, falta unidad en todas ellas y referencia explícita a la infección
por VIH en la mayoría, lo que hace necesario enmarcar la serofobia
dentro de epígrafes genéricos, lo que puede generar gran inseguridad
jurídica.